Transcripción del castellano antiguo
Este día, en las dichas casas del dicho conçeio, estando ý el conçeio junto por canpana repicada, e estando ý los dichos rregidores e el dicho alcalle, el dicho conçeio e rregidores dixoron que, por quanto ellos fezieran e dieran petiçion a nuestra señora doña Beatriz en el mes de novienbre que pasó, quandovino a esta villa, en que se contenía, entre otras cosas, que los alcalles e alguaziles que su merçet ponía e dava en esta villa que ponían muchas penas a los vezinos e moradores de lla dicha villa e su tierra, de sesenta maravedís, e que les tomavan las prendas de sus casas por ello, e ge las fazían perder por codiçia de los dichos sesenta maravedís, e que non era rrazón nin derecho de levar las dichas justiçias las tales penas, salvo pena de seys maravedís, e que pedieran por merçet a la dicha señora que su merçet fuese de lo mandar así; e que la dicha señora que respondiera a la dicha petiçión que le prazía dello e que era su merçet que así fuese. Por ende, dixoron que, por quanto ellos entendían que cunplía asý a serviçio de la dicha señora e a provecho desta villa e su tierra e de los que en ella biven e moran, que ordenavan e ordenaron e mandavan e mandoron que de oy día en delante algunos de los alcalles e alguaziles que son o fueren de aquí adelante en la dicha villa, nin alguno dellos, non pongan pena nin penas algunas a ninguno nin algunos de los vezinos e moradores desta villa e de su tierrra nin de otra parte alguna más de seys maravedís nin lieven por las dichas penas nin por alguna dellas más de los seys maravedís, aunque sea puesta de sesenta maravedís. E, si más levaren por las dichas penas e por alguna dellas, que tornen lo que de más levaren con las setenas, e quel dicho conçeio e rregidores que lo fagan así tornar. E que sean las dichas setenas para el dicho conçeio e rregidores. E mandáronlo así pregonar en el dicho conçeio. Testigos: Diego Gonçalez, dotor en leys, e Domingo Martínez, de Galinduste, e Martín Yagüe, de Macotera, e Alfonso Martínez, sesmeros, e Ferrand Alfonso, mayordomo del dicho conçeio, e Pedro Ferrández Borracho e Luys Ferrández de la Plaça e Andrés Ferrández, notario.
Texto tomado del libro:
- Monsalvo Antón, José Mª: Documentación Histórica del Archivo Municipal de Alba de Tormes (S. XV). Salamanca, 1988. Ediciones de la Diputación de Salamanca.
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