Transcripción del castellano antiguo
Don Alffonso, por la gracia de Dios, rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jahén e del Algarve, al coceio de Alva de Tormes, salut e gracia. Vi vuestra carta en que me enviastes dezir que, por vos fazer yo bien e merçed, tove por bien e mandé que ningún omne non troxiesse a vuestra villa por dos annos vino de fuera parte pora vender, mientre durasse la fferia, e que me pediedes merçed que esto que vos lo otorgasse daquí adelantre, porque deziedes que era mio servicio e a pro de vuestra villa, yo lo tove por bien de lo fazer. End mando e deffiendo que ningún omne de Alva nen de (su término nen) de otro logar non traga vino a vuestra villa de fuera parte, pora vender mientre durar la fferia, e en tal manera que vos el conceio abondedes la villa de vino mientre la fferia durar, e que vos non vendades más caro de conmo valir en el logar un mes ante que la fferia se conpieçe. E ninguno non sea osado de passar contra lo que yo mando. Ca qualquier que lo feziesse a él e a quanto él oviesse me tornaría por ello. Dada en Murcia, XII días de setenbre. Maestre Pedro, arcidiano de Reyna e teniente las vezes de maestre Johán Alffonso, notario del rey e arcidiano de Sanctiago, la mandó fazer por mandado del rey. Pedro Pérez de León la fizo. Era de mile e trezientos e nueve annos.
Texto tomado del libro:
- Barrios García,Ángel; Martín Expósito,Alberto; Del Ser Quijano, Gregorio: Documentación Medieval del Archivo Municipal de Alba de Tormes. Salamanca, 1982. Ediciones Universidad de Salamanca.
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