Transcripción del castellano antiguo
Connosçuda cosa sea a todos los omnes que esta carta vieren cuemo ante mí don Alfonso, por la gracia de Dios, rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevillia, de Córdova, de Murcia e de Jahén, el conceio de Alva de Tormes embiaron sus omes buenos: Don Beneyto e don Pedro Godino e don Pascual Durán e don Gómez, fi de don Matheos, et dixiéronme que ellos que nunqua dieron martiniega en tiempo de mio avuelo el rey don Alfonso ni en tiempo del rey don Ferrando, mio padre, sinon quando gela eché yo, quando fuy en Badaioz, a ellos e a los de las otras villas, que nunqua dieran martiniega, e mandé que me la diesen desta guisa: todo aquel que oviesse la valía, que diesse un moravedí en la martiniega. Et después desto mandé a los de Alva que me diessen dos moravedís cada omne daquel que oviesse la valía que fuesse postero. Et pidiéronme por merced que yo que les otorgasse pora siempre que me diessen la martiniega assí cuemo me la ante davan la primera vez que gela yo eché: un moravedí cada postero. Et otrossí me dixieron que quando fazían la feria en Alva cadanno que les tomavan portadgo nuevo, mientre durava aquella feria, lo que numqua les tomaran en tiempo del rey don Alffonso, mio avuelo, e del rey don Ferrando, mio padre, nin lo devién dar con derecho, e que por este logar que se ermava la villa e que se parava mal. Et pidiéronme merced que yo que les quitasse este portadgo nuevo, e que lo non diessen mientre que durasse aquella feria. Et (otrossí me dixieron) que el ricomne que tiene de mí la tierra que les demanda yantares e ellos que las numqua dieron a ningún ricomne que toviesse la tierra en tiempo de mio avuelo el rey don Alffonso nin del rey don Ferrando, mio padre. E pidiéronme merced (que yo que les quitasse esta yantar), e que la non diessen a ningún ricomne. Et yo el sobredicho don Alfonso, por la gracia de Dios, rey de Castiella, de Toledo, de León, de Gallizia, de Sevillia, de Córdova, de Murcia e de Jahén, en uno con la reyna donna (Yolant, mi mugier, e con mias fiias) la inffante donna Berenguella e la inffante donna Beatriz, otorgo que, por grand voluntad que he de fazer bien e merced al conceio e a todo el pueblo de Alva de Tormes, de villa e de aldeas, a los que agora son e serán ...(roto)... pora siempre iamás e por gualardones los muchos servicios que fizieron al rey don Alffonso, mio avuelo, e al rey don Ferrando, mio padre, e a todos los reyes de mio linage, et otrossí por el servicio que a mí fizieron ...(roto)... pueble e se pare bien la villa de Alva de Tormes e todos sus pueblos e todas sus aldeas, fágoles este bien e esta merced, assí cuemo será dicho en este mio privilegio; e es saber desta guisa: Mando que la mi martiniega ...(roto)... den desta guisa: todo aquel postero que oviere la valía, dé un moravedí en la mi martiniega e non más. Otrossí les quito a los de la villa de Alva de su término, pora siempre iamás, que non den portadgo ninguno en la feria ...(roto)... ellos ni ningunos de todos quantos vinieren a esta feria. Otrossí mando que daquí adelantre que non den yantares a ningún ricomne que tenga la tierra. Et mando e deffiendo firmemientre que ninguno non sea osado de ...(roto)... quebrantarle nin de minguarle en ninguna cosa. Ca qualquiere que lo fiziesse avrié mi yra e pechar mié en coto diez mill moravedís e al conceio sobredicho todo el danno doblado. Et, por que este privilegio sea firme ...(roto)... mio seello de plomo. Fecha la carta en Valladolit, por mandado del rey, XII días andados del mes de julio, en era de mill e dozientos e novaenta e tres annos; en el anno (que don Odoart, fijo primero e) eredero del rey Henrrich de Anglaterra, recibió cavallería en Burgos del rey don Alffonso el sobredicho. Et yo sobredicho rey don Alfonso, regnant en uno con la reyna donna Yolant, (mi mugier, e con mias fiias la inffante) donna Berenguela e la inffante donna Beatriz, en Castiella, en Toledo, en León, en Gallizia, en Sevillia, en Córdova, en Murcia, en Jahén, en Baeza, en Badalloz e en el Algarve, (otorgo este privilegio e confírmolo) (líneas superiores) Don Alffonso de Molina la confirma. Don Frederich la confirma. Don Henrrich la confirma. Don Ferrando la confirma. Don Felipp, electo de Sevilla, la confirma. Don Sancho, electo (de Toledo e chançeler del rey, la confirma) Don Johán, arçobispo de Sanctiago, la confirma. Don Aboabdille Abennazar, rey de Granada, vassallo del rey, la confirma. Don Mahomath Abenmahomath Abenhut, rey de Murcia, vassallo del rey, la confirma. Don Abenmahfoth, rey de Niebla, vassallo del rey, la confirma.
(1ª columna) Don Apparicio, obispo de Burgos, la confirma. Don Pedro, obispo de Palencia, la confirma. Don Remondo, obispo de Segovia, la confirma. Don Pedro, obispo de Siguenza, la confirma. Don Gil, obispo de Osma, la confirma. Don Mathe, obispo de Cuenca, la confirma. Don Benito, obispo de Avila, la confirma. Don Aznar, obispo de Calahorra, la confirma. Don Lop, electo de Córdova, la confirma. Don Adam, obispo de Plazençia, la confirma. Don Paschual, obispo de Jahén, la confirma. Don frey Pedro, obispo de Carthagena, la confirma. Don Pedryuannes, maestre de la orden de Calatrava, la confirma. (2ª columna) Don Nunno Gonzálvez la confirma. Don Alffonso López la confirma. Don Roy Gonzálvez la confirma. Don Symón Royz la confirma. Don Alfonso Téllez la confirma. Don Ferrand Royz de Castro la confirma. Don Pedro Núnnez la confirma. Don Nunno Guillem la confirma. Don Pedro Gúzman la confirma. Don Roy Gonzálvez el Ninno la confirma. Don Roy Alvarez la confirma. Don Ferrand García la confirma. Don Alffonso García la confirma. Don Diago Gómez la confirma. Don Gómez Royz la confirma.
(3ª columna) Don Gastón, bizcomde de Beart, vassallo del rey, la confirma. Don Gui, bizcomde de Limoges, vassallo del rey, la confirma. (4ª columna) Don Martín, obispo de León, la confirma. Don Pedro, obispo de Oviedo, la confirma. Don Suer Pérez, electo de Çamora, la confirma. Don Pedro, obispo de Salamanca, la confirma. Don Pedro, obispo de Astorga, la confirma. Don Leonard, obispo de Cipdat, la confirma. Don Migael, obispo de Lugo, la confirma. Don Johán, obispo de Orense, la confirma. Don Gil, obispo de (Tuy, la confirma). Don Johán, obispo de (Mendonnedo, la confirma). Don Pedro, obispo de Coria, la confirma. Don frey Robert, obispo de Silve, la confirma. Don frey Pedro, electo de Badalloz, la confirma. Don Pelay Pérez, maestre de la orden de Sanciago, la confirma. Don Garci Ferrández, maestre de la orden de Alcántara, la confirma. (5ª columna) Don Roy Alffonso la confirma. Don Martín Alffonso la confirma. Don Roy Gómez la confirma. Don Roy Frolaz la confirma. Don Johán Pérez la confirma. (roto) Don Pelay Pérez la confirma. (líneas inferiores) Diago López de Salzedo, merino mayor de Castiella, la confirma. Garci Suárez, merino mayor del reyno de Murcia, la confirma. Maestre Ferrando, notario del rey en Castiella, la confirma. Roy López de Mendoza, almirage de la mar, la confirma. Sancho Martínez de Xódar, adelantado de la frontera, la confirma. Garci Pérez de Toledo, notario del rey en la Andaluzía, la confirma. Gonçalvo Morant, merino mayor de León, la confirma. Roy Suárez, merino mayor de Gallizia, la confirma. Don Suero Pérez, electo de Çamora e ...(roto)..., la confirma.
(parte inferior) Millán Pérez de Aellón la escrivió el anno quarto que el rey don Alffonso regnó. Nos el conceyo Dalva roguemos al dayam de Santiago, al dayán de Salamanca, que mandassen poner sus siellos en este traslado del privilegio que tenemos de nuestro sennor (el rey don Alffonso). Et nos dayán de Santiago e dayán de Salamanca, a ruego del conceyo Dalva, vimus e catemus este traslado del privilegio e fallamos que todo iaze assí vervo e vervo ...(roto)... eno privilegio de nostro sennor el rey, foras ela sennal que non iaze hí, e por esso fiziemos poner nostros seelos en este traslado.
Texto tomado del libro:
- Barrios García, Ángel; Martín Expósito, Alberto; Del Ser Quijano,Gregorio: Documentación Medieval del Archivo Municipal de Alba de Tormes. Salamanca, 1982. Ediciones Universidad de Salamanca.
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