Transcripción del castellano antiguo
Conçeio e justiçia e rregidores e omes buenos, nuestros vasallos de la nuestra villa (de) Alva de Tormes. Por quanto por nuestro mandado fue puesto estanco que non vendiese ninguno vino en esta nuestra villa, synon lo nuestro, mandamos a vos que les dedes lugar para que puedan vender e vendan su vino de su cojecha, segund uso e costunbre desa dicha villa. Dios vos dé su graçia. Dada en la villa de Medina del Canpo, seys días de novienbre, año de mill e quatroçientos e treynta e ocho años. Gutierre, episcopus palentinus.
Texto tomado del libro:
- Monsalvo Antón, José Mª: Documentación Histórica del Archivo Municipal de Alba de Tormes (S. XV). Salamanca, 1988. Ediciones de la Diputación de Salamanca.
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